REPLANTEAMIENTO DE LA INDEMNIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES INTERINOS

 

Indemnización trabajadores interinos

Indemnización trabajadores interinos

La finalización de la relación laboral en los trabajadores interinos, sigue siendo objeto de debate. La última Sentencia que se ha ocupado de ello, y que ha tenido repercusión mediática, ha sido la dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea este 05 de junio de 2018.

¿Cuál es el caso que estudio el Tribunal de Justicia de la Unión Europea?

El supuesto de hecho que estudia el TJUE es el concerniente a una trabajadora que suscribe contrato de interinidad con un ente público al objeto de sustituir a un trabajador fijo. El contenido de la plaza que ocupaba la trabajadora era la prestación de servicios como auxiliar de hostelería en una residencia de personas mayores y, tras un un proceso extraordinario para la consolidación del empleo para proveer plazas de auxiliar de hostelería, el puesto que ocupaba la trabajadora se adjudicó a una persona que había superado dicho proceso selectivo. El contrato de interinidad de la interesada finalizó y ésta interpuso demanda por despido.

¿Qué interpretación defiende el TJUE referente a la indemnización de los trabajadores interinos?

El razonamiento contenido en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que nos ocupa, se orienta a interpretar y a flexibilizar los criterios y factores a tener en cuenta en cuanto al cómputo de la indemnización de los trabajadores interinos en comparación con los trabajadores indefinidos, de tal modo que dicho pronunciamiento no es tan taxativo como la prensa ha pretendido.

Así, el Tribunal establece:Continue reading

¿A PARTIR DE CUANDO PUEDEN DISFRUTARSE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS?

Cómputo permisos retribuidos

Cómputo permisos retribuidos

Ha sido a raíz de la Sentencia emitida el 13/02/2018, que el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la fijación de la fecha de inicio del disfrute de algunos permisos retribuidos que se encuentran regulados en el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores, en base a la interpretación del art. 28 del Convenio Colectivo estatal para el sector del Contact Center.

¿Cuál es el caso que llega al Tribunal Supremo?

El origen de la controversia se encuentra en la interpretación del art. 28 del mentado Convenio Colectivo, puesto en relación con el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores, dado que el primero recoge:
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EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DESPUÉS DE SALIR DEL TRABAJO

Derecho a la desconexión

Derecho a la desconexión

No pasa inadvertido el hecho de que, con el avance tecnológico, cada vez se habilitan más canales que facilitan la comunicación, lo que conlleva que muchas veces sea difícil separar el ámbito personal, del social y del profesional. Y es que gran parte de los trabajadores al finalizar su jornada de trabajo siguen teniendo acceso al correo electrónico corporativo, al teléfono de empresa y demás canales de mensajería, lo que impide que puedan ejercer su derecho a la desconexión.

Teniendo en cuenta esta circunstancia, se hace necesaria una regularización al respecto, y el primer país en el que se ha tratado este asunto ha sido Francia. Así, se ha introducido en el Código de Trabajo francés el derecho a la desconexión de los trabajadores una vez acaban la jornada laboral.

¿Cómo se ha regulado el derecho a la desconexión?

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NOVEDADES LABORALES EN LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

Novedades laborales.

Novedades laborales.

 

Este 9 de marzo ha entrado en vigor la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, la cual incorpora al Ordenamiento Jurídico la Directiva 2014/23/UE, relativa a la adjudicación de contratos de concesión y la Directiva 2014/24/UE, sobre contratación pública.

Dicha transposición, de acuerdo con la exposición de motivos de dicha Ley, se da dentro de un marco legislativo marcado por la denominada “Estrategia Europea 2020” donde la contratación pública asume un papel relevante para conseguir un “crecimiento inteligente, sostenible e integrador” del mercado interior.

 

¿Qué novedades laborales introduce la Ley de Contratos del Sector Público?

Hay que destacar que la nueva Ley de Contratos del Sector Público introduce algunas novedades en materia laboral:Continue reading

LA REMUNERACIÓN DE LOS ADMINISTRADORES SOCIETARIOS

Remuneración administradores societarios.

Remuneración administradores societarios.

La remuneración de los administradores societarios ha vuelto a ser tema de actualidad debido a la aprobación de la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas.

¿El cargo de administrador societario es retribuido?

Fue a través de la Ley 31/2014, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, que se introduce la reforma en cuanto a la remuneración de los administradores societarios. Así, es en el art. 217 de la Ley de Sociedades de Capital que se establece que el cargo de administrador es gratuito, salvo que se determine que el cargo sea retribuido en los estatutos de la sociedad, y que dicha retribución podrá consistir en uno o varios de los siguientes conceptos:Continue reading

¿CUÁNDO TERMINA EL CONTRATO DE INTERINIDAD?

Contrato de interinidad.

Contrato de interinidad.

De acuerdo con el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 4 del RD 2720/1998, el contrato de interinidad “es el celebrado para sustituir a un trabajador en la empresa con derecho a la reserva de su puesto de trabajo en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual.  El contrato de interinidad se podrá celebrar, asimismo, para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva”.

¿Cuáles son los requisitos para suscribir un contrato de interinidad?

En el contrato de interinidad deberá hacerse constar la siguiente información:

  1. Los datos del trabajador sustituido y la causa de su sustitución, indicando el puesto de trabajo a desempeñar por el trabajador interino.
  2. La duración del contrato, la cual será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva del puesto de trabajo.

A la vista de dichos requisitos, surgen algunas discrepancias interpretativas, como pueden ser las relativas al momento de finalización del contrato de interinidad en los supuestos de incapacidad temporal.

¿Cuándo finaliza el contrato de interinidad en los casos de incapacidad temporal?

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LA COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN SALARIAL

Compensación y absorción salarial

Compensación y absorción salarial

La compensación y absorción salarial son cuestiones que a menudo resultan complejas y, por ello, han de ser interpretadas por los distintos juzgados y tribunales cuando surgen conflictos como consecuencia de las mismas.

¿Qué es la compensación y absorción salarial?

Ambas figuras las encontramos en el art. 26.5 del Estatuto de los Trabajadores, y sirven para neutralizar aquellos incrementos salariales que se producen:

  • Por el aumento del salario mínimo interprofesional.
  • Por el aumento derivado de la actualización de las tablas salariales de los convenios colectivos cuando los trabajadores ya están percibiendo un salario por encima del contemplado en éstas.

¿Opera la compensación y absorción salarial en todos los casos?

Hasta ahora, la jurisprudencia exigía que, para que pudiera operar la compensación y absorción salarial, existiera identidad u homogeneidad entre los conceptos retributivos a compensar o absorber (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 26/11/2014, rec. 1982/2013).

No obstante, ha habido un cambio en la doctrina asentada, por el que finalmente ya no se exige que los conceptos retributivos sean homogéneos para que opere la compensación y absorción salarial, estableciendo que:Continue reading

¿EL TRABAJADOR HA DE INDEMNIZAR A SU EMPRESA SI SE VA A LA COMPETENCIA?

Pacto de no competencia.

Pacto de no competencia.

 

El trabajador, desde el inicio de la relación laboral con la empresa con la que suscriba un contrato de trabajo, puede verse ligado a ciertas cláusulas contractuales adicionales. Estos pactos pueden vincular a las dos partes aún finalizada la relación laboral, como veremos a continuación.

Algunos ejemplos de estas cláusulas los encontraríamos en el pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa, en el pacto de confidencialidad, o en el pacto de no competencia post-contractual.

Ahora bien, debido a la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 26/10/2016, nos centraremos en la cláusula contractual de no concurrencia, ya que el Alto Tribunal interpreta y fija cual sería la compensación que el empleado debería abonar a la empresa en caso de que la incumpla.

¿Qué es el pacto de no competencia post-contractual?

El art. 21 del Estatuto de los Trabajadores regula los pactos de no concurrencia y de permanente en la empresa, haciendo mención, por ende, al pacto de no competencia post-contractual. De esta manera, en su apartado 2º establece:Continue reading

DESPIDO PROCEDENTE POR COBRAR DE MÁS

Despido procedente

Despido procedente

Recientemente se publicaba la Sentencia nº 360/2017 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, mediante la que se declaraba procedente el despido disciplinario de una trabajadora por haber estado cobrando de más sin haber informado de ello a la empresa.

¿Qué criterio mantiene el Tribunal para estimar la procedencia del despido disciplinario?

El Tribunal se basa en el quebranto de la buena fe contractual y el abuso de confianza que, a tenor de lo establecido por el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores en consonancia con el Convenio Colectivo que regía la relación laboral, apoya que la sanción a imponer a la trabajadora sea el despido disciplinario:Continue reading

SE REPLANTEA LA OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL

Jornada laboral.

Jornada laboral.

Recientemente se publicaba la Instrucción 1/2017, de Inspección de Trabajo, que complementa la ya conocida  Instrucción 3/2016, sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias. Y es que, debido a los recientes pronunciamientos del Tribunal Supremo en esta materia, Inspección de Trabajo se ha visto en la obligación de adaptar los criterios que había establecido en el año 2016, los cuales habíamos analizado con anterioridad en el artículo “el registro de la jornada de trabajo”.

Dada la relevancia de las novedades introducidas por la actuación inspectora, esta semana publicábamos en la web de Molina Advocats, cual es el criterio que rige actualmente en cuanto a esta materia se refiere.

¿Cuál es el criterio a seguir a día de hoy en referencia al registro de la jornada laboral?

Como consecuencia de la postura adoptada por el Tribunal Supremo, en la Sentencia de 23/03/2017, en la que establece que “el art 35.5 del Estatuto de los Trabajadores no exige la llevanza de un registro de la jornada diaria efectiva de toda la plantilla para poder comprobar el cumplimiento de los horarios pactados (…) la falta de llevanza, o incorrecta llevanza del registro, no se tipifica por la norma como infracción de forma evidente y terminante, lo que obliga a una interpretación restrictiva y no extensiva (…)”. De esta manera se instaura el posicionamiento de que las empresas no están obligadas a llevar ningún registro de la jornada de trabajo de los trabajadores a tiempo completo.

Partiendo de esta premisa, la obligación de las empresas se circunscribe a:Continue reading