MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE COTIZACIÓN

BOE 28/03/2024

BOE 28/03/2024, modificación normas de cotización

 

Se ha publicado en el BOE del día de hoy (28/03/2024) la Orden PJC/281/2024, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio.

Desde el 01/01/1994 estamos en situación de prórroga presupuestaria, a lo que, unida la aprobación del Salario Mínimo Interprofesional así como demás normativa que afecta a las bases y tipos de cotización, ha motivado que se aprueba la Orden PJC/281/2024.

¿Qué medidas introduce la Orden PJC/281/2024?

Las medidas introducidas que destacan, consisten en:Continue reading

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN EMPLEO MEDIANTE RDL 19/2020

RDL 19-2020

RDL 19-2020

Se ha publicado el RDL 19/2020, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19.

¿Cuáles son las medidas a destacar en materia de empleo y Seguridad Social?

  • Los ajustes sobre los arts. 17 y 24 del RDL 8/2020 que aclaran: a) aspectos presupuestarios sobre la prestación por cese de actividad; b) el régimen aplicable a las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social (no es posible aplicar exoneraciones a las cotizaciones de empresas somtidas a ERTES vinculados al COVID-19 sin cumplir el requisito de suministrar por medios electrónicos los datos relativos a la inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, así como los referidos a la cotización y recaudación.

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¿DEVOLUCIÓN DEL PARO CUANDO SE COBRAN SALARIOS DE TRAMITACIÓN?

Devolución de la prestación de desempleo

Devolución del paro

 

Los salarios de tramitación, como ya hemos explicado, se generan cuando hay un despido que es reconocido como improcedente mediante sentencia judicial, y la empresa opta por la readmisión del trabajador. Ahora bien, en el caso de que no haya empresa a la que volver, porque ésta se encuentre inactiva o haya cerrado, el trabajador deberá solicitar al Fondo de Garantía Salarial (más comúnmente conocido como FOGASA) que haga frente a los mismos.

¿A qué cantidad hace frente el FOGASA?

El FOGASA no hace frente a la totalidad de los salarios, sino que tiene unos límites. En el caso del salario, la cantidad máxima a abonar es la equivalente a multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional (incluido el prorrateo de pagas extraordinarias), por el número de días pendientes de pago, con el máximo de ciento veinte días. Es decir:

  • Doble del salario mínimo interprofesional incluyendo las pagas extraordinarias prorrateadas: 54,94€
  • Límite (120 días): 6.592,80€

¿Qué ocurre si el trabajador ha estado cobrando el paro mientras no había sentencia que reconociera la improcedencia del despido?

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¿HAY SUCESIÓN DE EMPRESA EN EL CONCURSO DE ACREEDORES?

Sucesión de empresa

Sucesión de empresa

 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ha pronunciado mediante su sentencia de 07/12/2016 sobre la sucesión de empresa en el seno del concurso de acreedores, cambiando el criterio que venía manteniendo hasta la fecha con el fin de seguir la doctrina apuntada ya en anteriores resoluciones y asumiendo la asentada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sentencia de 17/05/2016) y la recogida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Auto de 28/01/2015), estableciendo, en definitiva, que:Continue reading

¿CUÁNTO PAGA EL FOGASA?

FGS

fogasa

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es el organismo encargado de pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones a los que el empresario no puede hacer frente cuando éste se encuentra en situación de insolvencia o en concurso de acreedores. 

Ahora bien, el pago de las deudas se someten a unos límites, los cuales, hasta ahora venían diferenciándose según si el trabajador estaba contratado a jornada completa o bien lo estaba a jornada parcial. 

 

¿Cuánto paga el FOGASA?

El FOGASA no abona toda la cantidad que el empresario adeuda al trabajador, sino que tiene unos límites. Estos límites quedan de la siguiente manera:Continue reading