SE APRUEBA LA REFORMA DE LOS SUBSIDIOS POR DESEMPLEO

Reforma de los subsidios por desempleo.

Subsidios por desempleo – ayudas públicas.

Se ha publicado en el BOE el RD-Ley 7/2023, por el que se reforman los subsidios por desempleo.

El subsidio por desempleo es una ayuda destinada a aquellas personas que hayan agotado la prestación por desempleo o bien no hayan cotizado lo suficiente para tener derecho a dicha prestación contributiva.

Con la reforma de los subsidios, se implementan cambios destinados a mejorar la protección de éstos. Así:

  • Acceso al subsidio: se ha ampliado el acceso al subsidio por agotamiento de la prestación a aquellas personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares, y se unifica la duración del subsidio en los casos de tener responsabilidades familiares sin tener en cuenta la edad en el momento de agotar la prestación. Asimismo, también podrán acogerse al subsidio de cotizaciones insuficientes quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y que carezcan de responsabilidades familiares.
  • Periodo de espera: se suprime el mes de espera tras el agotamiento de la prestación por desempleo para solicitar el subsidio, y se amplía a 6 meses el plazo de solicitud. Tener en cuenta, que otra diferencia en este sentido, es que desaparecen los conocidos como «días consumidos» por presentar la solicitud fuera de plazo.
  • Periodo de reconocimiento: el periodo de reconocimiento se reduce a un trimestre y se exige el cumplimiento de carencia de rentas y/o responsabilidades familiares en el mes natural anterior a la fecha de la solicitud inicial y de cada una de las prórrogas. Se exige expresamente declaración responsable de rentas e ingresos del beneficiario.
  • Ayuda al trabajo: se regula la compatibilidad del subsidio con el trabajo por cuenta ajena por un periodo de 180 días por cada nuevo empleo (tanto a tiempo parcial como a tiempo completo) sin reducción de la cantidad.

¿Se ha modificado la cuantía?

La cantidad no será siempre la misma, sino que se ha establecido una escala:

  • Durante los primeros 6 meses, será de 570€ (95% del IPREM).
  • Los siguientes 6 meses, será de 540€ (90% del IPREM).
  • El resto del periodo, será de 480€ (80% del IPREM).

¿Cuál será la duración?

La percepción se prolongará hasta 30 meses dependiendo de la edad, situación familiar y la duración de la prestación de desempleo agotada.

¿Cuándo entran en vigor la reforma de los subsidios?

La reforma entrará en vigor a partir del 01 de junio de 2024. Hasta esta fecha, se mantendrán la Renta Activa de Inserción (RAI) y el subsidio extraordinario por desempleo.

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