En el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores se recogen los motivos por los que los trabajadores tienen derecho a la reducción de su jornada de trabajo, siendo los siguientes:
- Lactancia de hijo, por nacimiento, adopción o acogimiento.
- En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados después del parto.
- Por razones de guarda legal de un menor o de familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Según el motivo que justifique que el trabajador solicite la reducción de jornada, ésta podrá tener una duración u otra.