LA EXCEDENCIA VOLUNTARIA

Excedencia voluntaria

Excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria puede solicitarse, sin perjuicio que por convenio colectivo se puedan fijar condiciones adicionales, si se dan los siguientes requisitos:

  1. Tener, al menos, 1 año de antigüedad en la empresa.
  2. Para el caso de haber estado de excedencia anteriormente en la misma empresa, que hayan transcurrido un mínimo de 4 años entre aquella y la nueva que se pretende pedir.

Además, la excedencia voluntaria tendrá una duración que no podrá ser inferior a 4 meses ni superior a 5 años, siendo éste último plazo ampliable por norma convencional.

 

 

¿Cómo solicitar la excedencia voluntaria?

Se debe pedir por escrito indicando las fechas de inicio y fin de la excedencia. A diferencia de lo que ocurre con laContinue reading