El permiso de paternidad hasta ahora tenía una duración inicial de 13 días, de acuerdo con el art. 48.bis del Estatuto de los Trabajadores:
“en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante trece días ininterrumpidos, ampliados en el supuesto de parto, adopción, o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo”.
Pero dicho periodo, a partir del 01 de enero de 2017 se verá ampliado a 1 mes, con el fin de poder conciliar la vida profesional y familiar.
¿Qué implica el permiso de paternidad?
La paternidad debe entenderse en su sentido más amplio, dado que incumbe a los casos de nacimiento de hijo, así como de adopción o acogimiento, y provoca en el seno de la relación laboral, diversos efectos, de entre los cuales, nos centraremos en:Continue reading