¿UN ÚNICO ACTO PUEDE CONSTITUIR ACOSO LABORAL?

Acoso - Convenio 190 OIT

Acoso – Convenio 190 OIT

Se ha introducido un cambio interpretativo al considerar que la reiteración de conductas hostiles no es un requisito imprescindible para apreciar acoso laboral.

Han sido noticia recientemente las Sentencias del Tribunales Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) nº 1552/2025 DE 20/01/2026, y la Sentencia del TSJ de Madrid (TSJM) nº 816/2025 de 26/09/2025, las cuales son relevantes en materia de acoso laboral al incorporar en su argumentación el Convenio nº 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, que entró en vigor el 25/05/2023 a través del Instrumento de adhesión publicado en el BOE el 16/06/2022.

¿Cuál ha sido el criterio hasta ahora en cuanto a la consideración de acoso laboral?

Hasta ahora, nuestra jurisprudencia había venido exigiendo, con carácter general, la existencia de una conducta reiterada y prolongada en el tiempo para apreciar la existencia de acoso laboral o mobbing. Sin embargo, el Convenio 190 introduce una definición más amplia de violencia y acoso, al referirse a comportamientos o prácticas inaceptables que pueden producirse “una sola vez o de manera repetida”, siempre que tengan por objeto, causen o sean susceptibles de causar daño físico, psicológico, sexual o económico.

Pero ahora se ha introducido un cambio interpretativo al considerar que la reiteración de conductas hostiles no es un requisito imprescindible para apreciar situaciones de violencia o acoso en el ámbito laboral.

¿Qué apunta la Sentencia del TSJ de Cataluña?

El TSJC recuerda que el art. 1 del Convenio 190 define la violencia y el acoso en el mundo del trabajo como un conjunto de comportamientos o prácticas inaceptables que pueden manifestarse una sola vez o de manera repetida y que tengan por objeto o efecto causar un daño físico, psicológico, sexual o económico a la persona trabajadora. A partir de esta definición, el tribunal señala que no puede mantenerse de forma rígida la doctrina tradicional que exigía necesariamente una conducta reiterada o prolongada en el tiempo para apreciar acoso laboral. Según la sentencia, la entrada en vigor del Convenio 190 obliga a revisar ese enfoque y permite valorar determinadas conductas aisladas cuando, por su naturaleza o gravedad, puedan constituir violencia o acoso en el trabajo. Continue reading

¿CÓMO PROCEDER CON EL TRÁMITE DE AUDIENCIA EN UN DESPIDO DISCIPLINARIO?

Audiencia previa despido disciplinario

Audiencia previa despido disciplinario

A raíz de la implantación del trámite de audiencia en los despidos disciplinarios, una pregunta muy frecuente es ¿cómo proceder con el mismo? Y es que, aunque este trámite se base en lo establecido por el art. 7 del Convenio nº 158 de la OIT, no hay una regulación legal que lo concrete.

Por ello, es noticia la Sentencia de la Sala Social del Tribunal de Justicia del País Vasco, en la que establece que el requisito de audiencia previa no se entiende cumplido por el mero envío de un email al correo personal del trabajador.

¿Cuál es el fundamento jurídico de dicha decisión?

La audiencia previa se da para que exista una posibilidad real y efectiva de defensa, no un trámite meramente formal. Para que sea válida debe cumplir, como mínimo:

  • Constancia fehaciente de la recepción.

  • Identificación clara del procedimiento y de los hechos imputados.

  • Plazo suficiente para formular alegaciones.

  • Canal adecuado y fiable de comunicación.

Por ello, un mero email al correo personal:

  • No garantiza recepción ni lectura.

  • No acredita identidad ni fecha cierta.

  • No asegura que el trabajador tuviera conocimiento efectivo.

  • No es un medio formal de notificación, salvo aceptación expresa y acreditada.

¿Cuál es el criterio jurisprudencial?

Ya nos hemos referido al criterio que va asentando la jurisprudencia sobre el trámite de audiencia en los despidos disciplinarios, pero con el paso del tiempo y la diferente casuística, el criterio se va concretando.

Los tribunales vienen entendiendo que la audiencia previa no se cumple con comunicaciones informales. Con lo que, en cuanto a este caso concreto de dar el trámite de audiencia a través del correo sólo sería válido si existe pacto expreso, es un uso habitual acreditado y confirmación fehaciente de recepción y contenido.

En caso contrario, se considera vulnerado el derecho de defensa.

¿Cuáles son las consecuencias prácticas de la falta de validez del modo de comunicar el trámite de audiencia?

La falta de audiencia previa refuerza la improcedencia del despido, y en determinados casos, la nulidad (si conecta con derechos fundamentales).

Por este motivo, siempre es importante contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho del trabajo, que pueda guiar los pasos ante este tipo de situaciones.

MEJORA DE LA COMPATIBILIDAD DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN CON EL TRABAJO

Jubilación y trabajo

Jubilación y trabajo

El Real Decreto-ley 11/2024 introduce reformas significativas para mejorar la compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo. Estas medidas entran en vigor el 1 de abril de 2025 y afectan a modalidades como la jubilación activa, la jubilación demorada y la jubilación parcial.

1. Jubilación activa

La jubilación activa permite compatibilizar el cobro de la pensión con la realización de una actividad laboral. Las principales modificaciones son:​Continue reading

ANTEPROYECTO DE LEY PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL

Anteproyecto de ley para la reducción de jornada laboral

Anteproyecto de ley para la reducción de jornada laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de ley de reducción de jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales sin disminución salarial.

Para garantizar el cumplimiento de esta normativa y que haya una efectiva reducción de jornada, se han establecido en el anteproyecto de Ley varias medidas, de las que destaca, en primer lugar, que las empresas estarán obligadas a implementar un sistema digital de registro horario accesible, permitiendo una supervisión remota y en tiempo real, y en segundo lugar que se ha de garantizar el derecho a la desconexión digital.

De dichas medidas y de las demás cuestiones que se han aprobado, nos pasamos a ocupar a continuación.

¿Cómo ha de ser el registro de jornada laboral?

El registro de jornada deberá cumplir con los requisitos de objetividad, fiabilidad y accesibilidad para lo que exigirá:

  • Utilización de medios digitales
  • Cumplimentación de forma personal y directa con garantías de autenticidad y trazabilidad
  • Utilización de formatos comprensibles
  • Establecimiento de obligaciones documentales y de accesibilidad inmediata e interoperabilidad
  • Registro de jornada idéntico en los contratos a tiempo parcial

Para garantizar estos requisitos: Continue reading

SE APRUEBA LA REFORMA DE LOS SUBSIDIOS POR DESEMPLEO

Reforma de los subsidios por desempleo.

Subsidios por desempleo – ayudas públicas.

Se ha publicado en el BOE el RD-Ley 7/2023, por el que se reforman los subsidios por desempleo.

El subsidio por desempleo es una ayuda destinada a aquellas personas que hayan agotado la prestación por desempleo o bien no hayan cotizado lo suficiente para tener derecho a dicha prestación contributiva.

Con la reforma de los subsidios, se implementan cambios destinados a mejorar la protección de éstos. Así: Continue reading