SE LIMITAN LOS DESPIDOS Y SE ADELANTAN LOS PLANES DE MOVILIDAD

RD-Ley 7-2026

RD-Ley 7-2026

Se limitan los despidos y se adelantan los planes de movilidad, entre otras medidas, a raíz de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy, en el que se recoge la resolución de 26/03/2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

Con dicha publicación, se introducen importantes medidas para reforzar la protección del empleo y avanzar en la movilidad sostenible en las empresas.

Restricciones al despido vinculadas a ayudas públicas

Una de las principales novedades es la limitación del despido en empresas beneficiarias de ayudas públicas. En concreto, no podrán justificar extinciones de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), ni por fuerza mayor, cuando éstas estén relacionadas con la situación que motiva dichas ayudas.

En caso de incumplimiento, el despido podrá ser declarado nulo, lo que implicará la readmisión de la persona trabajadora y la devolución de las ayudas percibidas.

Esta medida estará vigente, con carácter general, hasta el 30/06/2026.

Refuerzo de la protección de los fijos discontinuos

El Real Decreto-ley también incide en la figura de los trabajadores fijos discontinuos, reforzando su protección. Durante el periodo de aplicación de la norma, no podrá justificarse la falta de llamamiento ni la finalización de actividad por las mismas causas que limitan el despido.

Con ello, se pretende evitar el uso de esta modalidad contractual como mecanismo indirecto de extinción de la relación laboral.

Nuevamente, dicha medida estará vigente hasta el 30/06/2026.

Medidas específicas para cooperativas

Las cooperativas también se ven afectadas por la nueva regulación. En su caso, se establecen limitaciones a la reducción de plantilla o a la modificación estructural de las condiciones profesionales cuando estas se fundamenten en causas vinculadas a la crisis.

Estas restricciones siguen la misma lógica de protección del empleo que el resto de medidas incluidas en la norma.

Adelanto en la implantación de planes de movilidad sostenible

Otra de las novedades destacadas es la aceleración en la implantación de los planes de movilidad sostenible al trabajo. Las empresas obligadas deberán contar con estos planes en un plazo más corto del previsto inicialmente (ya que había margen hasta el 02/12/2027 y ahora se reduce al 05/12/2026).

En general, estarán afectadas aquellas compañías con más de 200 personas trabajadoras (o 100 por turno), que deberán adoptar medidas dirigidas a fomentar desplazamientos más sostenibles.

Entre las actuaciones previstas se incluyen el impulso del transporte colectivo, el fomento del uso de la bicicleta, la movilidad compartida o la promoción del teletrabajo y la flexibilidad horaria.

El incumplimiento de estas obligaciones, especialmente en empresas beneficiarias de ayudas públicas, podrá conllevar la devolución de dichas ayudas.

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