PROYECTO DE LEY PARA LA REDUCCION DE JORNADA Y DERECHO A LA DESCONEXIÓN

Proyecto de ley de reducción de jornada, registro de jornada y derecho a la desconexión digital

Proyecto de ley de reducción de jornada, registro de jornada y derecho a la desconexión digital

En febrero, salió a la luz el anteproyecto de Ley para la reducción de jornada, donde ya se nos avanzaban las medidas a regular. Ha sido el 06/05/2025 que, el Proyecto de Ley de reducción de jornada, registro de jornada y derecho a la desconexión digital se ha aprobado, estando actualmente en trámite parlamentario por el procedimiento de urgencia. 

¿Cuáles con las principales medidas del proyecto de Ley?

Las principales medidas que constan en el proyecto de Ley consisten en:

  1. Reducción de la jornada laboral: Se establece una jornada máxima legal de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo, en cómputo anual, sin reducción salarial. Esta es la primera modificación desde 1983, cuando se fijó en 40 horas semanales.

  2. Registro de jornada reforzado: Se introduce un nuevo artículo 34 bis en el Estatuto de los Trabajadores, que regula un registro de jornada obligatorio con características específicas: debe ser digital, objetivo, fiable, accesible e interoperable. La ausencia o manipulación del registro podrá ser sancionada con multas de hasta 10.000 euros por trabajador afectado.

  3. Derecho a la desconexión digital: Se modifica el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores para garantizar que los empleados no estén obligados a atender comunicaciones fuera de su horario laboral. El rechazo a estas comunicaciones no podrá generar consecuencias negativas para el trabajador.

  4. Adaptación de convenios colectivos: Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos tendrán un plazo máximo para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la nueva jornada máxima.

  5. Evaluación y seguimiento: Se crea una mesa de diálogo social con sindicatos y asociaciones empresariales para evaluar los resultados de la reducción de jornada y considerar futuras medidas en función de las características de los distintos sectores y la evolución económica.

ANTEPROYECTO DE LEY PARA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL

Anteproyecto de ley para la reducción de jornada laboral

Anteproyecto de ley para la reducción de jornada laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de ley de reducción de jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales sin disminución salarial.

Para garantizar el cumplimiento de esta normativa y que haya una efectiva reducción de jornada, se han establecido en el anteproyecto de Ley varias medidas, de las que destaca, en primer lugar, que las empresas estarán obligadas a implementar un sistema digital de registro horario accesible, permitiendo una supervisión remota y en tiempo real, y en segundo lugar que se ha de garantizar el derecho a la desconexión digital.

De dichas medidas y de las demás cuestiones que se han aprobado, nos pasamos a ocupar a continuación.

¿Cómo ha de ser el registro de jornada laboral?

El registro de jornada deberá cumplir con los requisitos de objetividad, fiabilidad y accesibilidad para lo que exigirá:

  • Utilización de medios digitales
  • Cumplimentación de forma personal y directa con garantías de autenticidad y trazabilidad
  • Utilización de formatos comprensibles
  • Establecimiento de obligaciones documentales y de accesibilidad inmediata e interoperabilidad
  • Registro de jornada idéntico en los contratos a tiempo parcial

Para garantizar estos requisitos: Continue reading

REDUCCION DE LA JORNADA SEMANAL SIN REDUCCIÓN SALARIAL

REDUCCIÓN DE JORNADA

REDUCCIÓN DE JORNADA

El Gobierno y los agentes sociales han firmado el acuerdo para la reducción de la jornada semanal sin que ésta suponga una reducción del salario.

¿Cuál es la reducción que se contempla y que conlleva?

El acuerdo es la reducción de jornada a 37,5 horas semanales sin reducción de salario.

Dicha medida conlleva que, los convenios colectivos vigentes tendrán como máximo hasta el 31/12/2025 para adaptarse a la nueva jornada semanal de 37,5 horas en cómputo anual.

Además, la empresa deberá contar con un registro diario de jornada digital objetivo, fiable y accesible, que permita garantizar el cumplimiento efectivo de la jornada laboral. Dicho registro deberá ser accesible de forma para Inspección de Trabajo así como para los representantes de los trabajadores.

Si las obligaciones en materia de registro de jornada no se cumplen, se considerará una infracción para cada persona trabajadora afectada.

¿Derecho a la desconexión digital?

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