
Proyecto de ley de reducción de jornada, registro de jornada y derecho a la desconexión digital
En febrero, salió a la luz el anteproyecto de Ley para la reducción de jornada, donde ya se nos avanzaban las medidas a regular. Ha sido el 06/05/2025 que, el Proyecto de Ley de reducción de jornada, registro de jornada y derecho a la desconexión digital se ha aprobado, estando actualmente en trámite parlamentario por el procedimiento de urgencia.
¿Cuáles con las principales medidas del proyecto de Ley?
Las principales medidas que constan en el proyecto de Ley consisten en:
Reducción de la jornada laboral: Se establece una jornada máxima legal de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo, en cómputo anual, sin reducción salarial. Esta es la primera modificación desde 1983, cuando se fijó en 40 horas semanales.
Registro de jornada reforzado: Se introduce un nuevo artículo 34 bis en el Estatuto de los Trabajadores, que regula un registro de jornada obligatorio con características específicas: debe ser digital, objetivo, fiable, accesible e interoperable. La ausencia o manipulación del registro podrá ser sancionada con multas de hasta 10.000 euros por trabajador afectado.
Derecho a la desconexión digital: Se modifica el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores para garantizar que los empleados no estén obligados a atender comunicaciones fuera de su horario laboral. El rechazo a estas comunicaciones no podrá generar consecuencias negativas para el trabajador.
Adaptación de convenios colectivos: Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos tendrán un plazo máximo para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la nueva jornada máxima.
Evaluación y seguimiento: Se crea una mesa de diálogo social con sindicatos y asociaciones empresariales para evaluar los resultados de la reducción de jornada y considerar futuras medidas en función de las características de los distintos sectores y la evolución económica.