NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS A PARTIR DEL 01/09/2026

Notificaciones electrónicas a partir del 01/09/2026

Notificaciones electrónicas a partir del 01/09/2026

 

La Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada en el BOE el pasado 01 de junio, amplía el colectivo de personas físicas obligadas a recibir electrónicamente determinadas notificaciones de la Seguridad Social. Así, a partir del 01 de septiembre de 2026 entra en vigor una importante modificación en la forma en que la Seguridad Social practica sus notificaciones y comunicaciones a las personas trabajadoras que se encuentran en situación de incapacidad temporal o que tramitan una incapacidad permanente.

 

 

La mentada Orden ISM/541/2026, que modifica la Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, resulta especialmente relevante por cuanto afecta en materia de bajas médicas e incapacidades, ya que desde el 1 de septiembre de 2026 quedan expresamente incluidas entre las personas obligadas a recibir notificaciones y comunicaciones electrónicas:

  • Las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones de incapacidad temporal.
  • Las personas a las que la notificación o comunicación se refiera a prestaciones de incapacidad permanente.
  • Las personas afectadas por procedimientos relativos a lesiones permanentes no incapacitantes.

Hasta ahora, esta obligación ya alcanzaba, entre otros supuestos, a las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

¿Qué supone este cambio para las personas que están de baja?

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