NUEVAS MEDIDAS ANTE LOS EFECTOS DE LA DANA

DANA

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Habiéndose aprobado el Real Decreto-Ley 7/2024, por el que se adoptan medidas para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA en los diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 04 de noviembre de 2024, caben destacar las siguientes novedades en materia sociolaboral que tendrán efectos retroactivos desde el 28/10/2024.

En cuanto a los trabajadores por cuenta ajena, se enfatizan los permisos retribuidos. Así:

  • Los trabajadores pueden ausentarse de su puesto de trabajo con derecho a remuneración por causas como la imposibilidad de acceder al centro de trabajo debido a problemas en las carreteras o el transporte, labores de traslado, limpieza y acondicionamiento del domicilio, recuperación de enseres y otros efectos personales, realización de trámites para obtener documentos oficiales o públicos, desaparición o fallecimiento de familiares, y atención de deberes de cuidado.
  • Estos permisos son retribuidos, no recuperables y se computan como tiempo de trabajo efectivo. Se aplican también a socios trabajadores de cooperativas.

Asimismo, en relación al Plan MECUIDA:

  • Desde el 28/10/2024 hasta el 31/12/2024, se permite a los trabajadores adaptar o reducir su jornada laboral, con reducción proporcional del salario, para atender deberes de cuidado respecto de familiares que no generen derecho a permiso retribuido.
  • La reducción de jornada puede alcanzar hasta el 100%, siempre que sea justificada y razonable.

En cuanto a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs):

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MEDIDAS APROBADAS PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LA DANA

Ayuda DANA

Ayuda DANA

Ante la devastadora situación que ha conllevado la DANA, se avanzó por parte del gobierno que se aprobaría un paquete de medidas urgentes para poder hacer frente a los efectos de dicho fenómeno climático.

Así, se ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2024, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta por los daños causados en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 04 de noviembre de 2024.

De dicha normativa, interesa destacar en cuanto a prestaciones de la Seguridad Social:

  • Se considera como situación asimilada a accidente de trabajo: a efectos de las prestaciones de las bajas médicas que se hayan producido entre el 29/10/2024 hasta el 30/11/2024 e iniciadas como consecuencia de los siniestros provocados por la DANA, así como a los efectos del cálculo de las pensiones de invalidez, muerte y supervivencia que tengan su origen en la DANA.
  • A efectos del reconocimiento, mantenimiento o revisión del derecho a prestaciones de la Seguridad Social, se admite que el titular designe a una persona responsable si se encuentra su domicilio en alguna de las localidades afectadas por la DANA.
  • Ingreso Mínimo Vital: las mensualidades de noviembre de 2024 a enero de 2025, ambas incluidas, se amplían en el 15% del importe mensual que tenga establecido cada beneficiario individual o unidad de convivencia.

En cuanto a los autónomos, se ha determinado:

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